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Fondo de Solidaridad
Fondo de Solidaridad
Considerando que la solidaridad es una de las principales acciones del acuerdo cooperativo y del objeto social de la Cooperativa, existe el Fondo de Solidaridad creado para brindar apoyo económico a los asociados en los momentos difíciles (fallecimiento).
Como lo dice en nuestro Reglamento de Solidaridad, la Cooperativa destina el 20% de sus excedentes anuales al fortalecimiento de este; además, cada asociado aporta, una vez cada seis (6) meses, el equivalente al 2,0% del Salario mínimo mensual vigente:
$ 26.000 (Tarifa 2024).
1. Seguro de Vida Integral:
Podrás disfrutar de un seguro que cuidará de ti y tu familia en momentos difíciles (fallecimiento).
Además, te contamos que el grupo familiar ha cambiado:
- Si estás casado, esta protección cubrirá a tu cónyuge e hijos, y si eres soltero, a tus padres hasta los 70 años.
2. Auxilio Ortopédico:
-Continuamos brindándote el Auxilio ortopédico en momentos de calamidad. ¡Descubre cómo estos cambios pueden mejorar tu vida y la de tu familia!
3. Programa de Bienestar Saludable:
-Disfruta de descuentos en citas psicológicas con el Centro de Familia UPB y acceso exclusivo a nuestra feria de la salud de la Cooperativa. Más información sobre este beneficio aquí
4. Feria de la salud:
Auxilio para servicios médicos, hospitalarios y quirúrgicos al asociado y su grupo familiar, que estén
contemplados en el marco de la semana de la salud programada por la Cooperativa.
5. Contribuciones para el desarrollo sostenible de la comunidad.
Apoyos a la comunidad educativa para programas de bienestar estudiantil y alimentario de conformidad con las políticas generales aprobadas por el Consejo de Administración.
¿Quiénes se consideran el grupo familiar para este beneficio?
Asociado: persona adscrita en calidad de tal a la Cooperativa, contados a partir del
momento en que se asocia y paga los aportes sociales, y que se encuentre a paz y salvo por todo concepto en el momento de requerir la solidaridad.
Beneficiarios: persona (s) que el asociado tiene inscrito como tal en la Cooperativa o, en su defecto, el definido por la ley.
Grupo familiar: padres, cónyuge e hijos menores de 25 años, que dependan económicamente del asociado y/o hijos con discapacidad física, mental o legal sin límite de edad.
¿Cuándo deberá pagar el asociado su aporte al Fondo de Solidaridad este año?
El asociado deberá pagar su solidaridad en junio y diciembre de 2024. Si sus obligaciones son por caja, puede consignar o transferir a la cuenta de ahorros Bancolombia de la Cooperativa Nro. 108 727992 23. Enviar el comprobante de pago a recaudos@cooperativabolivariana.com. También puede realizar su pago por PSE aquí o acercarse a la caja de la Cooperativa.
Fondo de Solidaridad
Considerando que la solidaridad es una de las principales acciones del acuerdo cooperativo y del objeto social de la Cooperativa, existe el Fondo de Solidaridad creado para brindar apoyo económico a los asociados en los momentos difíciles (fallecimiento).
Como lo dice en nuestro Reglamento de Solidaridad, la Cooperativa destina el 20% de sus excedentes anuales al fortalecimiento de este; además, cada asociado aporta, una vez cada seis (6) meses, el equivalente al 2,0% del Salario mínimo mensual vigente:
$ 26.000 (Tarifa 2024).
1. Seguro de Vida Integral:
Podrás disfrutar de un seguro que cuidará de ti y tu familia en momentos difíciles (fallecimiento).
Además, te contamos que el grupo familiar ha cambiado:
- Si estás casado, esta protección cubrirá a tu cónyuge e hijos, y si eres soltero, a tus padres hasta los 70 años.
2. Auxilio Ortopédico:
-Continuamos brindándote el Auxilio ortopédico en momentos de calamidad. ¡Descubre cómo estos cambios pueden mejorar tu vida y la de tu familia!
3. Programa de Bienestar Saludable:
-Disfruta de descuentos en citas psicológicas con el Centro de Familia UPB y acceso exclusivo a nuestra feria de la salud de la Cooperativa. Más información sobre este beneficio aquí
4. Feria de la salud:
Auxilio para servicios médicos, hospitalarios y quirúrgicos al asociado y su grupo familiar, que estén
contemplados en el marco de la semana de la salud programada por la Cooperativa.
5. Contribuciones para el desarrollo sostenible de la comunidad.
Apoyos a la comunidad educativa para programas de bienestar estudiantil y alimentario de conformidad con las políticas generales aprobadas por el Consejo de Administración.
¿Quiénes se consideran el grupo familiar para este beneficio?
Asociado: persona adscrita en calidad de tal a la Cooperativa, contados a partir del
momento en que se asocia y paga los aportes sociales, y que se encuentre a paz y salvo por todo concepto en el momento de requerir la solidaridad.
Beneficiarios: persona (s) que el asociado tiene inscrito como tal en la Cooperativa o, en su defecto, el definido por la ley.
Grupo familiar: padres, cónyuge e hijos menores de 25 años, que dependan económicamente del asociado y/o hijos con discapacidad física, mental o legal sin límite de edad.
¿Cuándo deberá pagar el asociado su aporte al Fondo de Solidaridad este año?
El asociado deberá pagar su solidaridad en junio y diciembre de 2024. Si sus obligaciones son por caja, puede consignar o transferir a la cuenta de ahorros Bancolombia de la Cooperativa Nro. 108 727992 23. Enviar el comprobante de pago a recaudos@cooperativabolivariana.com. También puede realizar su pago por PSE aquí o acercarse a la caja de la Cooperativa.